La posibilidad de conceder libertad anticipada a personas que colaboraron con pandillas abre una discusión sobre la responsabilidad penal, quienes pudieron actuar bajo amenazas, las familias que denuncian detenciones injustas y las víctimas que reclaman justicia y seguridad.
AE503 — Periodismo Social, Fe y Actitud.
Durante años, en numerosas comunidades de El Salvador, la vida transcurría bajo reglas que no estaban escritas en ninguna ley. Las imponían las pandillas. Había que pagar para trabajar, pedir permiso para entrar a determinados territorios y, en ocasiones, abandonar la vivienda para conservar la vida.
Negarse a cumplir una orden podía significar una sentencia de muerte.
Miles de salvadoreños conocieron esa realidad. Algunos perdieron hijos, padres o hermanos. Otros vieron desaparecer sus negocios bajo el peso de las extorsiones. Familias enteras tuvieron que comenzar de nuevo lejos de sus comunidades.
Pero en medio de aquel dominio criminal también surgieron situaciones difíciles de distinguir: personas que colaboraron voluntariamente con las pandillas, otras que pudieron hacerlo bajo amenazas y habitantes que posteriormente fueron acusados de pertenecer a las mismas organizaciones que los habían sometido.
Ahora, una declaración del presidente Nayib Bukele coloca esa compleja realidad en el centro de una nueva discusión nacional.
El mandatario reveló el martes 13 de octubre que el Gobierno tiene un plan de liberación anticipada y condicional que, según sus estimaciones, podría beneficiar a cerca del 50 % de los reclusos considerados colaboradores de pandillas.
No anunció una fecha para comenzar las excarcelaciones ni detalló los procedimientos que se aplicarían.
Sin embargo, su planteamiento abre una pregunta que va más allá de las estadísticas penitenciarias: ¿cómo distinguir entre quienes colaboraron por voluntad propia, quienes pudieron hacerlo por miedo y quienes nunca debieron ser encarcelados?
La diferencia que plantea el presidente
Durante una conferencia de prensa en Casa Presidencial, Bukele explicó que no todas las personas vinculadas con actividades de colaboración tuvieron el mismo grado de responsabilidad.
Mencionó la diferencia entre quien ayudó a enterrar un cadáver y un joven que alertaba a los pandilleros sobre la llegada de policías a una comunidad.
Ambas conductas pueden implicar responsabilidades penales, pero sus circunstancias y gravedad no necesariamente son equivalentes.
El presidente sostuvo que debe considerarse la diferencia entre ejercer el dominio criminal sobre una población y tratar de sobrevivir bajo ese dominio.
Sus palabras introducen una distinción relevante en la discusión sobre las consecuencias penales de colaborar con pandillas, aunque todavía no se conoce cómo se traduciría ese criterio en decisiones judiciales concretas.
Bukele aclaró que la medida no supondría declarar inocentes a los beneficiarios, sino concederles libertad anticipada, condicionada y bajo monitoreo.
Por ahora, las autoridades no han precisado los requisitos, los mecanismos de supervisión ni la cantidad de expedientes que podrían ser examinados.
Tampoco está claro cómo se determinaría si una colaboración fue voluntaria o resultado de amenazas.
El comerciante que sufrió a las pandillas y terminó encarcelado
En marzo de 2025, el periódico digital El Faro publicó la historia de un comerciante identificado como el señor Orellana, propietario de un pequeño negocio de reciclaje de metales en la zona norte de San Salvador.
Durante más de una década, según la investigación, sufrió amenazas y exigencias de extorsión de dos pandillas: una que controlaba la colonia donde residía y otra que exigía pagos en el sector donde funcionaba su empresa.
Orellana se negó a pagar las extorsiones, presentó denuncias y fue testigo del asesinato de un vigilante de su negocio.
Pese a esos antecedentes, fue capturado el 4 de diciembre de 2023, acusado de colaborar con pandillas.
Permaneció 442 días encarcelado en el penal de Izalco, hasta recuperar su libertad en febrero de 2025.
Su historia expone una paradoja: una persona que había sufrido directamente la violencia de las pandillas terminó acusada de colaborar con ellas.
El testimonio publicado por El Faro también muestra una realidad menos visible: el impacto emocional que puede producir el encarcelamiento incluso después de recuperar la libertad.
Orellana relató las dificultades que experimentó para expresar sus emociones durante el reencuentro con su esposa, su madre y sus hijas.
Su caso no demuestra que todas las detenciones sean injustificadas ni corresponde necesariamente al grupo de reclusos que podría beneficiarse del plan anunciado. Pero permite comprender por qué las pruebas y las circunstancias individuales deben ocupar un lugar central en cualquier revisión.
Las denuncias sobre detenciones arbitrarias
Las dudas sobre algunos procedimientos de captura no provienen únicamente de familiares de detenidos.
En junio de 2025, Human Rights Watch publicó una investigación basada en entrevistas con once agentes policiales, nueve de ellos activos, y en la revisión de documentos internos, resoluciones judiciales y otros testimonios.
Según la organización, los agentes describieron presiones para cumplir cuotas de detenciones y prácticas que incluyeron capturas basadas en información no corroborada y, en determinados casos, la fabricación de pruebas.
La investigación también recogió el reconocimiento de mejoras significativas en la seguridad pública tras las acciones contra las pandillas.
El Gobierno, por su parte, ha defendido el régimen de excepción como una herramienta necesaria para enfrentar a las estructuras criminales que durante décadas ejercieron control territorial, cometieron asesinatos y extorsionaron a la población.
Bukele reiteró el 13 de octubre que considera necesario mantener vigente esa medida.
La discusión, por tanto, no consiste en desconocer la violencia que las pandillas ejercieron sobre la sociedad salvadoreña, sino en establecer cómo garantizar que la persecución penal alcance a los responsables sin perjudicar a personas ajenas a los delitos.
Las denuncias de detenciones arbitrarias requieren investigación y respuestas institucionales. Al mismo tiempo, cada señalamiento de inocencia debe examinarse a partir de los hechos y las pruebas correspondientes.
Las víctimas de las pandillas tampoco pueden ser olvidadas
Hablar de posibles liberaciones obliga a recordar a quienes padecieron directamente la violencia criminal.
Detrás de las extorsiones hubo pequeños comerciantes que perdieron parte de sus ingresos. Detrás de los desplazamientos quedaron viviendas abandonadas, familias separadas y proyectos de vida interrumpidos.
También hubo asesinatos, desapariciones, amenazas y reclutamiento forzado.
Durante años, muchas personas aprendieron a guardar silencio para proteger a sus hijos, sus negocios o sus propias vidas.
Para numerosas comunidades, la reducción del control territorial de las pandillas significó recuperar libertades cotidianas que durante mucho tiempo les habían sido arrebatadas.
Esa experiencia merece reconocimiento.
Una eventual liberación de colaboradores de menor responsabilidad también podría despertar inquietudes entre personas que denunciaron a las estructuras criminales o que temen reencontrarse con quienes las amenazaron.
Por ello, cualquier programa de excarcelación tendría que considerar mecanismos de supervisión, protección de las víctimas y prevención de nuevas actividades delictivas.
La reinserción social no debería construirse a costa de la seguridad de quienes ya sufrieron violencia.
Pero tampoco debería descartarse la posibilidad de revisar las circunstancias de quienes pudieron actuar bajo coacción.
Ambas preocupaciones forman parte de una misma exigencia de justicia.
Cuando una familia también cumple las consecuencias
Detrás de las cifras de personas encarceladas existen hogares donde la ausencia de un padre, una madre o un hijo ha transformado la vida cotidiana.
En junio de 2026, el periódico español El País publicó un reportaje sobre mujeres salvadoreñas que sostienen económicamente a sus familias mientras esperan noticias de sus parientes detenidos.
Entre los testimonios recogidos figura el de María Lidia Lemus, una de las mujeres que afrontan las consecuencias económicas y emocionales del encarcelamiento de familiares.
Las obligaciones del hogar no desaparecen cuando alguien ingresa a prisión. Los hijos necesitan alimentación, educación y acompañamiento. Las familias buscan recursos, intentan obtener información y, en algunos casos, deben asumir gastos relacionados con los paquetes destinados a los centros penitenciarios.
La eventual liberación anticipada puede despertar expectativas entre estos hogares, pero no existe información que permita afirmar que sus familiares cumplirían los requisitos de la medida anunciada.
Aquí aparece una diferencia jurídica fundamental.
No es lo mismo una persona cuya responsabilidad penal ha sido establecida y que podría recibir un beneficio penitenciario, que otra que reclama haber sido detenida sin pruebas suficientes y todavía espera una resolución judicial.
En el primer caso se discutirían las condiciones de una liberación anticipada. En el segundo, la legalidad de la detención y las garantías del debido proceso.
Confundir ambas situaciones impediría comprender la verdadera dimensión del problema.
¿Qué significa colaborar cuando se vive bajo amenazas?
Quizá una de las preguntas más difíciles que deja el anuncio presidencial sea determinar hasta dónde llega la responsabilidad de alguien que actuó bajo el dominio de una organización criminal.
¿Qué ocurre cuando un adolescente recibe la orden de vigilar la entrada de un pasaje? ¿O cuando una persona es amenazada para transportar un mensaje o realizar un favor?
Son situaciones posibles en contextos de control criminal, pero no deben suponerse en un caso particular sin testimonios y pruebas que las acrediten.
La coacción, el grado de participación, el conocimiento de la conducta y las consecuencias de los actos son elementos que requieren una evaluación individual.
Tampoco toda colaboración de menor gravedad significa que haya existido una amenaza.
Una persona pudo actuar voluntariamente, obtener beneficios o contribuir a delitos que afectaron directamente a otras familias.
Precisamente por eso, cualquier revisión necesita distinguir las circunstancias sin generalizaciones.
La pregunta no debería ser solamente cuántos reclusos podrían salir de prisión, sino bajo qué criterios se determinaría quiénes reúnen las condiciones legales para hacerlo.
Después de la prisión, ¿qué sigue?
Una liberación condicional no termina cuando alguien cruza la puerta de un centro penitenciario.
Quien regresa a su comunidad puede necesitar empleo, acompañamiento familiar y oportunidades para reconstruir su vida. También puede encontrar desconfianza, rechazo o dificultades para reincorporarse a la sociedad.
En comunidades que estuvieron sometidas a las pandillas, el retorno de personas vinculadas con esas estructuras podría generar preocupaciones comprensibles.
De ahí que un eventual programa de liberación requiera algo más que vigilancia.
Será necesario conocer si contempla mecanismos de reinserción, seguimiento judicial, protección a las víctimas y medidas para evitar nuevas actividades delictivas.
También habrá que determinar qué autoridades revisarán los expedientes, cómo se comprobará el grado de responsabilidad de cada persona y qué recursos existirán para cuestionar decisiones equivocadas.
Son preguntas todavía pendientes de respuesta pública.
Entre la culpa y el miedo
El anuncio del presidente Bukele ha colocado sobre la mesa una realidad que merece examinarse sin simplificaciones.
No todos los que vivieron bajo el dominio de las pandillas fueron integrantes de esas estructuras. Tampoco puede suponerse que todas las personas acusadas de colaborar actuaron bajo amenazas o fueron detenidas injustamente.
El Salvador conoce demasiado bien el sufrimiento provocado por las pandillas. Sus víctimas tienen derecho a la justicia, a la seguridad y a no volver a vivir bajo amenazas.
También tienen derecho a un proceso justo quienes sostienen haber sido encarcelados sin pruebas suficientes y quienes deben responder penalmente por conductas cometidas en circunstancias que merecen ser evaluadas por los tribunales.
La eventual liberación anticipada abre una discusión sobre responsabilidad individual, proporcionalidad de las penas y reinserción social.
Pero también sobre transparencia, protección de las víctimas y confianza en las instituciones.
Después de tantos años de violencia, miedo y encarcelamientos, el país enfrenta una pregunta que no puede responderse únicamente contando cuántas personas entran o salen de prisión:
¿Cómo hacer justicia sin olvidar a las víctimas, sin desconocer la responsabilidad de los culpables y sin castigar a quienes no cometieron delitos?
La respuesta no estará solamente en las puertas que eventualmente puedan abrirse, sino en las garantías que existan para todos cuando eso ocurra.








